Mediación Empresarial en Motril
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¿Qué es la Mediación?
Un método que os permite resolver vuestro conflicto de forma ágil, flexible y confidencial, sin tener que recurrir a un proceso judicial o para poner fin a uno iniciado con anterioridad. Con la asistencia de un mediador, se gestiona el conflicto y puede resolverse mediante un acuerdo consensuado.
La mediación no asegura la solución, solo ofrece la oportunidad. Sois vosotros los que tenéis el control de la decisión final.
De este modo, prescindís de someteros a la incertidumbre propia de una decisión judicial, que tanto os puede beneficiar como perjudicar pero que, sobre todo, está sujeta a múltiples recursos antes de poder obtener una resolución final.
Tipos de Mediación
Mediación Privada o Extrajudicial
Acudís a la mediación para resolver vuestra controversia al margen de la vía judicial.
Mediación Intrajudicial
Ya habéis iniciado un procedimiento judicial y decidís suspenderlo para intentar resolverlo a través de la mediación.
¿Cómo funciona?
Aunque la mediación privada está sujeta a determinadas formalidades, es un proceso flexible y sencillo. Se adapta a las particularidades del caso y a vuestros tiempos, superando la rigidez de los métodos encorsetados.
Las fases de la mediación se desarrollan habitualmente en distintas sesiones. No obstante, tenéis la posibilidad de agrupar varias etapas en una sesión de mayor duración para agilizar el proceso, siempre que este enfoque os resulte beneficioso.
Podéis iniciar la mediación enviando una solicitud a través de nuestro formulario o vía telefónica.
- Si la realizáis de común acuerdo, os citaremos directamente para la sesión informativa.
- Si se realiza de forma individual, nosotros notificaremos la solicitud a la otra parte. Si es aceptada, os citaremos para la sesión informativa.
Aclaramos vuestras dudas, explicamos el funcionamiento y vuestras responsabilidades.
Formalizáis vuestra voluntad de mediar, de participar activamente en el procedimiento y de cumplir con el deber de confidencialidad.
Se llevan a cabo las sesiones de mediación. Normalmente se realizan de forma conjunta; no obstante, si la situación lo requiere, se podrán realizar reuniones privadas (caucus), manteniendo siempre la confidencialidad de lo tratado y la equidad en el trato.
Si lo consideráis necesario, podéis estar asistidos por vuestros abogados u otros expertos.
La mediación puede concluir sin acuerdo, con acuerdo total o parcial (permitiendo cerrar capítulos y simplificar el escenario restante).
También puede finalizar de manera anticipada si alguno de vosotros decide no continuar o si apreciamos un uso del procedimiento contrario a la buena fe.
¿Qué es el Acuerdo de Mediación?
Es un contrato donde formalizáis la solución alcanzada y os comprometéis a cumplir las obligaciones pactadas para resolver vuestro conflicto.
Sus efectos jurídicos son los siguientes:
El acuerdo es vinculante, es decir, de obligado cumplimiento. Su firma resuelve el conflicto de forma privada, impidiendo que el asunto se someta a un procedimiento judicial.
El acuerdo impide que se reabra la controversia en los tribunales. Si se iniciara un litigio sobre el mismo asunto, este documento es vuestro seguro para paralizar el proceso judicial y hacer valer lo pactado.
Al elevar el acuerdo a escritura pública o solicitar su homologación judicial, este adquiere fuerza de título ejecutivo.
Esto os permite exigir su cumplimiento de forma directa y forzosa ante los tribunales, sin necesidad de iniciar un juicio declarativo previo.
Al tratarse de una solución consensuada, su probabilidad de cumplimiento voluntario es muy superior al de una sentencia impuesta.
Aunque el riesgo de incumplimiento unilateral siempre existe, no es lo habitual. Si llegara a producirse, la ley os proporciona mecanismos ágiles y efectivos para garantizar su ejecución forzosa.
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Ventajas de la Mediación frente al proceso judicial
Rentable
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Prescindís del desvío de capital y recursos que exige un litigio. El coste de la mediación lo abonaríais a partes iguales, salvo pacto en contrario.
Flexible y ágil
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El proceso se adapta a vosotros. La controversia puede resolverse en un día, semanas o unos pocos meses.
Proceso colaborativo y voluntario
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Se fomenta el dialogo constructivo, se exploran vuestros intereses reales y favorece la resolución preservando vuestras relaciones de valor.
La decisión es consensuada
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Al ser una decisión vuestra deriva en un alto grado de cumplimiento voluntario. Con la mediación mantenéis el control sobre la decisión final.
Impacto personal constructivo
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La resolución temprana del conflicto reduce significativamente la tensión y el estrés asociados a un litigo prolongado. Tener el conflicto resuelto os proporciona tranquilidad y foco en lo que realmente importa.
Principios de la mediación
Vosotros decidís en cada momento si queréis participar, seguir adelante, llegar a un acuerdo o abandonar el proceso. Para que la mediación sea viable, el conflicto debe tratar sobre materias que, por ley, podéis negociar libremente.
Se garantiza que vuestra intervención será en plena igualdad de oportunidades, manteniendo el equilibrio entre vuestras posiciones. El mediador no puede actuar en perjuicio o interés de ninguno de vosotros.
La posición del mediador es siempre neutral: no tiene un interés personal en el conflicto ni en su resultado. Su actuación se desarrolla para facilitar que seáis vosotros mismos quienes alcancéis un acuerdo beneficioso y sostenible.
Todo el procedimiento de mediación es confidencial, tanto para vosotros como para el mediador. No se podrá revelar la información y documentación tratada en el mismo, ni tampoco se está obligado a declarar o aportarla en un procedimiento judicial, excepto:
- Cuando de manera expresa y por escrito autoricéis al mediador.
- Cuando un Juez de lo penal lo solicite mediante resolución judicial motivada.
Vuestra actuación ha de estar basada en estos principios: no iniciaréis ninguna acción judicial o extrajudicial sobre el mismo asunto mientras dure el proceso. Si existe el riesgo de perder de forma irreversible un bien o derecho sí que podéis solicitar medidas (cautelares o urgentes) para su protección. Vuestro compromiso incluye respetar y colaborar con el mediador para alcanzar una solución sólida.
El mediador cuenta con la acreditación, preparación técnica y habilidades necesarias para que el proceso se desarrolle satisfactoriamente.
El mediador, junto con vosotros, ajusta el ritmo y la duración para garantizar un proceso dinámico y personalizado.
La mediación es una alternativa inteligente.
Mantened el control sobre vuestra decisión final.