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Mediación empresarial en Motril y en todo el territorio nacional

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Dirección: C. Pozuelo, 2, 18600 Motril, Granada

Número: +34 694 27 26 01

Email: hola@distritomediacion.com

Lunes a Viernes: 9:00h-14:00h | 17:00h- 20:00h


Preguntas Frecuentes

¿Qué es la mediación empresarial?

Es un método orientado a resolver conflictos empresariales, de forma ágil, flexible y confidencial, sin necesidad de acudir a los tribunales

¿La decisión es del mediador?

No. El mediador diseña la metodología y guía el proceso para facilitar el punto de encuentro donde construir un acuerdo sostenible.

No se trata de una decisión impuesta. En la mediación, mantenéis el control sobre la decisión final.

¿Cuánto puede durar una mediación?

Puede durar un día, una semana o, a lo sumo, unos pocos meses. Dependerá de la complejidad del conflicto, así como de vuestra disponibilidad y compromiso. Es el proceso el que se adapta a vosotros y no a la inversa, como sucede en la vía judicial.

¿Es más económica que la vía judicial?

Sí. Prescindís del desvío de recursos y capital que supone un pleito prolongado. Además, los costes de la mediación se asumen al 50%, a menos que acordéis otra distribución.

Es un contrato que os obliga legalmente a ambos desde el momento de la firma.

Si lo eleváis a escritura pública, se convierte en título ejecutivo. Esto significa que, si alguno de vosotros no cumple, el otro puede solicitar al tribunal su cumplimiento directo y forzoso, sin tener que iniciar un juicio desde cero (proceso declarativo).

¿En qué tipo de situaciones mediáis?

Cuando tenéis desavenencias entre socios, incluyendo conflictos familiares que afecten a la gestión de la empresa. También cuando existen controversias con vuestros proveedores, clientes (B2B) o colaboradores.

Asimismo, mediamos en materias específicas como conflictos en operaciones de M&A, de Propiedad Intelectual y en TIC.

¿Es obligatorio acudir a una mediación antes de demandar?

No. La mediación es siempre voluntaria: no estáis obligados a participar en ella ni a llegar a un acuerdo.

Lo que sí es obligatorio para que vuestra demanda sea admitida a trámite, es:

  • Intentar resolver el conflicto de forma extrajudicial 
  • Acreditar el intento mediante prueba documental (ya sea mediante negociación entre vosotros, mediación, conciliación u otros medios válidos).

Pero, en definitiva, sois vosotros quienes decidís qué medio vais a utilizar.

Si no se cumple con este requisito, el tribunal inadmitirá la demanda. Además, si alguno de vosotros se niega a participar sin causa justificada, podría ser sancionado con las costas del juicio, aunque la sentencia le resulte favorable.